Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XXIV

Información trimestral sobre la calidad del agua de la ciudad;

Hipervínculo al portal de transparencia de la Secretaría de Gestión Integral del Agua
  • Fecha de creación: 01 Julio 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 25 Agosto 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social

No aplica.

De conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social carece de facultades para la gestión del agua, en virtud, de que la instancia competente para ello, según el Artículo 31-Bis del mismo ordenamiento es la Secretaría de Gestión Integral del Agua (SEGIAGUA).

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.